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05/02/2007

Certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción

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El pasado miércoles 31 de enero se publico en el BOE el REAL DECRETO 47/2007, de 19 de enero, por el que se aprueba el Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción.

 

Este Real Decreto constituye el objeto del Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios, determina la metodología de cálculo de la calificación de eficiencia energética, con el que se inicia el proceso de certificación, considerando aquellos factores que más incidencia tienen en el consumo de energía de los edificios de nueva construcción o que se modifiquen, reformen o rehabiliten en una extensión determinada, así como establece las condiciones técnicas y administrativas para las certificaciones de eficiencia energética de los proyectos y de los edificios terminados y aprueba un distintivo común en todo el territorio nacional denominado etiqueta de eficiencia energética.

 

La finalidad de la aprobación de dicho Procedimiento básico es la promoción de la eficiencia energética, mediante la información objetiva que obligatoriamente se ha de proporcionar a los compradores y usuarios en relación con las características energéticas de los edificios,  materializada en forma de un certificado de eficiencia energética que permita valorar y comparar sus prestaciones.








 
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